domingo, 8 de agosto de 2010

23-LEYES Y DERECHOS


POLÍTICOS COLOMBIANOS ANIMALISTAS

ALVARO GUILLERMO RENDON…ALVARO MUNERA BUILES…AURA MARLENY ARCILA GIRALDO…BERNARDO ALEJANDRO GUERRA…CARLOS ANDRES ROLDAN…CARLOS ALBERTO BALLESTEROS…. FEDERICO GUTIERREZ…. FABIO HUMBERTO RIVERA…. GERMAN HOYOS…. GABRIEL JAIME RICO…. JESUS ANIBAL ECHEVERRY…. JAIME HERNANDO JARAMILLO…. JORGE MELGUIZO…. JHON JAIME MONCADA…. JESUS ANIBAL ECHEVERRY…. JOSE NICOLAS ALFONSO DUQUE…. HECTOR MANUEL HOYOS…. LUIS BERNARDO VELEZ…. MARIA TERESA MONTOYA…. MAURICIO TOBON…. MAXIMO PEREZ…. MARIA REGINA ZULUAGA…. NICOLAS ALVEIRO ECHEVERRY…. OSCAR GUILLERMO HOYOS…. RAMON EMILIO ECHEVERRY…. RUBEN DARIO CALLEJAS…. SANTIAGO MARTINEZ … CARLOS GAVIRIA…. JOHN JAIME MONCADA…. BLADIMIRO NARANJO…. CECILIA LOPEZ MONTAÑO…. DAVID LUNA…. GINA PARODY…. JAIRO MORENO DE CARO…. JORGE DURAN SILVA…. MARCO AURELIO ARDILA…. SANDRA CEBALLOS…. SAMUEL JOSE RAMIREZ… ELSA GLADYS CIFUENTES A…. JUAN CARLOS VÉLEZ U….JAIRO CLOPATOFSKY G…. CAMILO SÁNCHEZ O…. CARLOS MARIO MONTOYA S…. JESÚS DE LEÓN PUELLO CH…. JUAN DIEGO GÓMEZ J…. SIMÓN GAVIRIA M.


¿PECULADO DEL GOBERNADOR?…Medellín Dic.3 del 2010

Afectuoso saludo animalista:

Atención animalistas, anti taurinos….

Aunque el fallo de la CORTE CONSTITUCIONAL , no fue el ceñido a la justicia que esperábamos en relación a la prohibición de espectáculos crueles con animales; si fue correcta la prohibición de invertir dinero publico para el apoyo a esas masacres…O SEA, QUE SI EL GOBERNADOR DE ANTIOQUIA, LUIS ALFREDO RAMOS LE DIO DINERO A LA MAFIA TAURINA PARA REALIZAR LA CORRIDA DE LA FERIA DE LAS FLORES DESPUES DE LA SENTENCIA DE LA CORTE, ¿EL GOBERNADOR ESTA COMETIENDO EL DELITO DE “PECULADO” que tendrá que pagar posiblemente con la privación de su libertad?

Opinamos que este delito también se tipifica en la financiación 0ficial de ESCUELAS TAURINAS (corrupción de menores) en la construcción y mantenimiento de plazas de torturas, y en la financiación de otros espectáculos de tortura de animales.

Los invitamos, si es procedente, a que interpongan demandas contra todo empleado oficial que cometa este tipo de peculados en Colombia…Por un activismo contundente y efectivo, Pro-animales, Medellín.

PD. : Cuando niño, el gobernador acostumbraba matar tortolitas con su actual esposa.



MARCO ARDILA para que fuera nuestro candidato a la Cámara. Que sea el mejor candidato o no, es tema de otra discusión, pero lo que sí es claro es que es alguien de las entrañas de la causa y que lleva más de 25 años trabajando por los animales y además es vegetariano y el único candidato que consiguió el aval con un programa exclusivo de protección de los animales.

www.marcoporlosanimales.org


¡¡ ATENCION ANIMALISTAS, ¡¡ URGENTE ¡¡; VOTEMOS (AÑO 2011) para el Congreso de Colombia por los siguientes políticos amigos de los animales; si somos mayoría en el congreso ¡ todo lo obtendremos ¡….todos los ciudadanos civilizados y sensibles deben apoyarnos con su voto, especialmente las comunidades que comparten nuestra lucha: ecologistas, animalistas, rokeros, anti taurinos, pacifistas, naturistas, vegetarianos.

LILLIANA RENDON…. JUAN DIEGO GOMEZ JIMENEZ…. BLADIMIRO NARANJO…. CAMILO SANCHEZ…. CECILIA LOPEZ MONTAÑO…. DAVID LUNA…. ELSA GLADYS CIFUENTES…. GINA PARODY…. JAIRO MORENO DE CARO…. JAIRO CLOPATOSKY…. JORGE DURAN…. MARCO AURELIO ARDILA…. SANDRA CEBALLOS…. SAMUEL JOSE RAMIREZ…







http://www.faunamedellin.org/images/q-2.gif


CONCEJALES BANCADA ANIMALISTAS DE MEDELLIN (año 2012)

  • José Nicolás Alfonso Duque Ossa (Presidente)
  • Aura Marleny Arcila Giraldo (Vicepresidenta Primera)
  • Ruben Darío Callejas Gómez (Vicepresidente Segundo)
  • Ramón Emilio Acevedo Cardona
  • Álvaro Múnera Builes
  • Bernardo Alejandro Guerra Hoyos
  • Carlos Alberto Ballesteros Barón
  • Carlos Andrés Roldan Corrales
  • Esteban Escobar Vélez
  • Fabio Humberto Rivera Rivera
  • Federico Andrés Gutiérrez Zuluaga
  • Jesús Aníbal Echeverri Jiménez
  • Juan David Arteaga Flórez
  • Nicolás Albeiro Echeverri Alvarán
  • María Regina Zuluaga Henao
  • María Mercedes Mateos Larraona
  • Oscar Guillermo Hoyos Giraldo
  • John Jaime Moncada Ospina
  • Santiago Londoño Uribe
  • Santiago Manuel Martínez Mendoza
  • Luis Bernardo Vélez Montoya

Antioquia

Gobernador Sergio Fajardo Valderrama. Se comprometió con el movimiento animalista, para seguir con la línea de apoyo a proyectos educativos por la defensa de los animales.


Alcalde de Medellín, Anibal Gaviria Correa. Con el lema “el buen trato es cuestión de humanidad”, se compromete a convertir el zoológico de Medellín, en un espacio para especies menores y realidad virtual; además apoyará la ampliación del Centro de Bienestar Animal La Perla y tendrá tolerancia cero con el maltrato a los animales en la plaza Minorista. Ver aquí propuestas, punto 4.3.9


Concejal de Medellín, Álvaro Múnera Builes. Logró destacar a Medellín como la ciudad pionera en protección animales en Latinoamérica. Como metas para este cuatrienio, tiene el convertir el zoológico Santa Fé en un espacio para especies menores, hacer una intervención general para erradicar el maltrato animal en la Plaza la Minorista y, llegar a la cifra cero de animales en estado de calle en la ciudad. Mira aquí sus compromisos.


Caldas

Concejal de Manizales, John Hemayr Yepes Cardona. A este nuevo concejal se le vienen grandes retos, pues se encuentra en una de las ciudades más taurinas de Colombia. Desde su curul, pretende crear un Escuadrón Antricrueldad Animal de la Policía, la sustitución de vehículos de tracción animal y la implementación de un programa ético para reducir los animales sin hogar en el municipio. Ver sus propuestas aquí.


Cundinamarca

Alcalde de Bogotá, Gustavo Petro. Se destaca la sustitución de Vehículos de Tracción animal, la creación de un Centro de Bienestar Animal y la no destinación de recursos a la feria taurina de la capital. Mira aquí sus compromisos con los animales.


Concejal de Bogotá,Roberto Sáenz. Reconocido ambientalista que ha tomado igualmente la bandera de la defensa de los animales como suya, para implementar verdaderos programas de protección para la capital. Mira aquí sus compromisos.


Valle del Cauca

Alcalde de Cali, Rodrigo Guerrero. Se comprometió con los movimientos defensores de animales, a hacer realidad la sustitución de los vehículos de tracción animal.



ANIMALISTAS CANDIDATOS AL CONGRESO DE COLOMBIA

AÑO 2009

SENADO:

(DE LA “U”): Elsa Gladys Cifuentes A. # 24***** Juan Carlos Vélez U # 100*** Jairo Clopatofsky G. # 72***

(LIBERALES): Camilo Sánchez O. # 7****

(CONSERVADORES) Carlos Mario Montoya S. # 21** Jesús de León Puello Ch. # 33* Jairo Moreno De Caro # 77*

CAMARA:

(CONSERVADORES): Juan Diego Gómez J. # 111*** por Antioquia

(DE LA “U”): Miguel Gómez Martínez***

(LIBERALES POR BOGOTA): Marco Aurelio Ardila G. # 117***** Simón Gaviria M. # 101****

(ALIANZA SOCIAL INDIGENA POR ANTIOQUIA): Gabriel González # 113*

PD: LOS QUE TIENEN MAS ESTRELLAS, SON LOS MEJORES.


*POR JUNTINIAN….El derecho natural es aquello que es dado a cada ser vivo y que no es propio al ser humano


EL ABOGADO Y PASTOR PURITANO, Nathaniel Ward (1578–1652) de Suffol[] ": A ningún humano le es permitido efectuar algún tipo de tiranía o crueldad hacia alguna criatura que esté retenida para uso humano"[9]


**LOS PURITANOS TAMBIÉN DICTARON LEYES de protección animal en Inglaterra. El gobierno bajo Cornwall tenía una aversión personal por los deportes sanguíneos como las peleas de gallos, perros o toros en particular fueron prácticas frecuentes para machacar la carne…. Ellos interpretaron el concepto de Dominio como una tarea de tenencia responsable….Las peleas de toros fueron legales de nuevo en Inglaterra durante unos 162 años hasta que fueron prohibidas en 1822.


EL FILÓSOFO JEREMÍAS BENTHAM postuló que los animales por su capacidad de sentir agonía y sufrimiento, independientemente de que tuviesen la capacidad de diferenciar entre "bien" y el mal", (una capacidad que los discapacitados no tienen); los animales deben tener unos derechos fundamentales como el derecho a la vida y a su seguridad, y a estar libres de la tortura y de la esclavitud…. []También dedujo que un perro es más aprehensivo que un recién nacido y que de este modo estaría más cercano al humano adulto que un bebé…."Si miramos a miembros de nuestra propia especie, los cuales carecen de calidad de personas normales, parece imposible que su vida fuera más válida que la de los animales".


STEVEN WISE aboga por unos derechos de los animales….Los seres que poseen un yo, que actúen intencionalmente y que posean deseos deberían ser provistos con unos derechos básicos; no deberían ser usados como alimento o para la investigación…. Los más débiles deberían ser equipados con derechos sin que puedan cumplir con deberes equivalentes para protegerlos de los más fuertes.

[]







http://www.faunamedellin.org/images/q-2.gifANÍBAL VALLEJO R

EL MUNDO 27 DE ABRIL DE 2010

Han pasado más de veinte años desde la promulgación de la Ley 84 de 1989 (Estatuto Nacional de Protección de los Animales) sin que se haya podido lograr su reglamentación ni su actualización acorde con los cambios generados en la relación de los humanos con los animales. Entre otros infructuosos intentos está en trámite el Proyecto de Ley número 044 de 2009.




¿QUE LEYES HAY EN COLOMBIA PARA PROTEGER A LOS ANIMALES?

POR ANÍBAL VALLEJO

Los animales tienen derechos y las personas debemos intervenir para que se cumplan. Comience ya a ayudarles a los animales exigiendo que las autoridades cumplan. Busque a otras personas que están trabajando en la misma causa y entre todos pueden hacer un bloque para presionar las decisiones gubernamentales. La legislación vigente en nuestro país es la siguiente:ESTATUTO NACIONAL DE PROTECCION DE LOS ANIMALES LEY 84 DE 1989Tenencia y registro de perros potencialmente peligrosos .LEY 746 DE 2002Prohibición del sacrificio de especies mayores Acuerdo Muniicipal Nº 49 de 2003Atención de Animales Domésticos Heridos o Maltratados Protocolo 9 de 2007



QUÉ HACER EN CASO DE MALTRATO ANIMAL? (POR ANÍBAL VALLEJO R. PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD PROTECTORA DE ANIMALES, MEDELLÍN-COLOMBIA)

Si está en Medellín puede llamar a la Inspección especial encargada del tema al teléfono 2133848.En Colombia existe la ley 84 de 1989 que puede consultar en internet que es el Estatuto de Protección. Contempla las contravenciones contra los animales y la aplicación de las respectivas sanciones. Leála y ponga el denuncio del caso en una Inspección de Policía ya que son los Inspectores las autoridades encargadas de aplicar la normatividad.

Mecanismos de defensa: Cuando el funcionario no ha dado respuesta a la petición formulada dentro de los términos perentorios procede la reiteración a un derecho de petición. Esta consiste en el envío de una carta al funcionario recordándole que se espera de él la respuesta a un derecho de petición. La desatención y las dilaciones indebidas en la tramitación y respuesta de las peticiones por la autoridad, constituyen causal de mala conducta que conlleva a sancionarla disciplinariamente y la vulneración a este derecho fundamental se defiende o protege con la acción de tutela.
¿Que es un DERECHO DE PETICIÓN y cómo puedo presentarlo? DERECHO DE PETICIÓN El artículo 23 de la Constitución Política de Colombia expresa: "Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución". Con el derecho de petición se busca el acercamiento entre el ciudadano y el estado, otorgándole a la persona un instrumento idóneo con el cual acuda ante él en busca de una información o con el fin de que se produzca un pronunciamiento oportuno por parte del aparato estatal. Se ha sostenido que el derecho de petición es una "llave que abre fronteras". Con el derecho de petición se pretende: • Que se dé comienzo a una actuación administrativa • Que se permita el acceso de los gobernados a la información sobre las acciones de los gobernantes • Que se den a conocer documentos oficiales no reservados, con el fin de que expidan copias de los mismos • Que se emitan conceptos acerca de las materias a su cargo Requisitos El derecho de petición debe contener como mínimo: • Fecha • Designar la autoridad a quien va dirigido • Nombres y apellidos del peticionario • Motivos y razones de la petición • Relación de las pruebas • Firma y dirección del peticionario La respuesta de la autoridad: La autoridad debe resolver de fondo el asunto planteado. No constituye respuesta la simple manifestación: "se resolverá después". Debe ser clara, precisa, adecuada, efectiva y oportuna. Los términos para la respuesta por parte de la autoridad son: • Para expedir copias de documentos 3 días hábiles. • Para suministrar informes 10 días hábiles. • Si son quejas, reclamos 15 días hábiles. • Para consultas sobre materias a su cargo 30 días hábiles Dónde se presenta un derecho de petición: En Medellín puede dirigirse a una Inspección Municipal de Policía o a la Secretaría de Gobierno, Of. 309. O en el despacho del Funcionario correspondiente. Secretaría de Gobierno e Inspecciones Municipales de Policía Horario Atención 8:00 a 12:00 y 14:00 a 16:00 horas Dirección Calle 44 52-165 Teléfono +57 (4) 385 53 23; 385 53 24; 381 81 81 Estación del Metro Alpujarra Observaciones: En caso de necesitar asesoría puede dirigirse a: Personería de Medellín Calle 44 52-165 Of. 110.Medellín, Colombia. Tel: +57 (4) 385 50 16, 385 50 21 Fax: +57 (4) 381 18 47
http://www.personeriamedellin.gov.co

FORMATO PARA INTERPONER UN DERECHO DE PETICIÓN Medellín, ___________________ de ______________ Señor (o institución) (Nombre del funcionario) Ciudad Asunto: Derecho de Petición ____________________________ciudadano (a) colombiano (a), identificado (a) con la cédula de ciudadanía número __________________ de ______________, residente en (dirección) ____________________ teléfono_______________ en ejercicio del DERECHO DE PETICIÓN consagrado en el art. 23 de la Constitución Política de Colombia y con el lleno de los requisitos del art. 5º del Código Contencioso Administrativo, respetuosamente me dirijo a su Despacho, con el fin de solicitarle me informe: (ESCRIBA AQUÍ SU SOLICITUD QUE PUEDE SER UNA QUEJA, CONSULTA O RECLAMO)__________________________________________________________________Motiva esta petición que (MANIFIESTE LOS MOTIVOS DE LA PETICIÓN) ________________________________________________________ Favor responderme dentro del término legal y al amparo del derecho constitucional invocado, a la dirección anotada al inicio de este escrito. Atentamente, _________________________________ C.C. _________________ de _________________ Copia Personero Municipal



CONVERSAMOS CON EL ABOGADO HÉCTOR MANUEL HOYOS MENESES, ESPECIALISTA EN DERECHO CONSTITUCIONAL Y DERECHO ADMINISTRATIVO,
PROFESOR DE CÁTEDRA DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA.


Defenzoores : Una de las preguntas que mas frecuentes es ¿Qué hacer cuando se tiene conocimiento de una falta a estas leyes o que se va a cometer un atropello contra un animal o contra la ciudadanía ? .

Héctor M. Hoyos : En las ciudades se acude a un Inspector , en las
áreas rurales a un Corregidor, formulando una queja por violación a la ley y mencionando la norma.

D: ¿Cómo garantizar que se va a tomar alguna acción por parte de la policía?

H: Puede haber limitaciones de personal de la policía en ese
momento pero se debe procurar que se atienda el caso, lo mas
conveniente es que el denunciante lleve su queja por escrito y la
haga firmar del inspector para tener un constancia de la denuncia,
de esta manera si los funcionarios no cumplen con su deber se puede formular una queja en contra del funcionario, en este caso del inspector, ante la Personería, que es la encargada de vigilar la
conducta de los empleados públicos. En todos los municipios hay
oficina de la Personería y en algunas inclusive le ayudan al
ciudadano a redactar la queja que va a presentar.

D: ¿Hay otra forma de denunciar los delitos?

H: Claro que si, se puede ir a un CAI o informar telefónicamente a
la policía pero no es muy seguro de que se tome alguna acción.

D: Algunas personas dicen que han denunciado esta clase de delitos pero que los funcionarios ni siquiera conocen las Leyes de las que se les habla…

H: Los inspectores deben conocer estas leyes, los policías no tienen que conocerlas pero nadie, puede ampararse en el desconocimiento de la ley para violarla o no hacerla cumplir.




CONCEJALES BANCADA ANIMALISTAS DE MEDELLIN
1) Federico Gutiérrez Zuluaga
2) Carlos Andrés Roldán Corrales
3) Nicolas Albeiro Echeverri Alvaran
4) María Mercedes Mateos Larraona
5) John Jaime Moncada Ospina
6) Bernardo Alejandro Guerra Hoyos
7) Luis Bernardo Vélez Montoya
8) Aura Marleny Arcila Giraldo
9) Oscar Guillermo Hoyos Giraldo
10) Santiago Martí­nez Mendoza
11) José Nicolás Alfonso Duque Ossa
12) Rubén Dario Callejas Gómez
13) Alvaro Múnera Builes
14) María Regina Zuluaga Henao
15) Carlos Alberto Ballesteros Barón
16) Ramón Emilio Acevedo Cardona
17) Fabio Humberto Rivera Rivera
18) Jesús Anibal Echeverry Jiménez

CONCEJALES DEL AÑO 2010


COLOMBIA TRAMITA PROYECTO DE LEY POR LA PROHIBICIÓN DE LOS CIRCOS CON ANIMALES

Colombia - El proyecto de ley N°52 de 2011 fue aprobado en primer debate por unanimidad en la Comisión V de la Cámara de Representantes.

Este miércoles 9 de noviembre el Congreso de la República dio luz verde a uno de los proyectos más importantes para materializar las aspiraciones de miles de colombianos de contar con un verdadero marco normativo de protección animal: el proyecto de ley n°052 de 2011 “por el cual se prohíbe el uso de animales en circos itinerantes” fue aprobado por unanimidad en primer debate en la Comisión V de la Cámara de Representantes. Ahora deberá ser debatido en Plenaria, y si todo va bien, en el primer semestre de 2012 las organizaciones protectoras de animales de todo el país y algunas internacionales, gestoras de este proyecto, podrían estar celebrando un triunfo histórico para la defensa de los animales en Colombia y América Latina.

Animal Defenders International (ADI, por sus siglas en inglés) es una de organizaciones gestoras de las iniciativas legislativas que han conducido a la prohibición del uso de animales en espectáculos circenses en Bolivia (2009) y recientemente en Perú (2011). Ahora se espera que llegue el turno para Colombia y que este proyecto de ley que prohíbe el uso de animales de cualquier especie en espectáculos de circos itinerantes en todo el territorio nacional, sea sancionado como ley de la República.

Como si fuera poco, el mismo día en horas de la tarde el senador Jorge Londoño radicó un proyecto de ley para sancionar un nuevo Estatuto de Protección Animal que reemplace la caduca Ley 84 de 1989. Con este nuevo estatuto: se adoptarían multas educativas, salariales y penitenciarias; no se podría realizar ningún tipo de espectáculo donde se maltraten o torturen animales, quedando prohibidas las corridas de toros, peleas de gallos y los circos itinerantes con animales; se crearían Brigadas Antricrueldad Animal dentro de la Policía Nacional y Centros de Bienestar Animal en los cuales se atendería a los animales abandonados y se desarrollaría campañas masivas de esterilización como único método de control de la sobrepoblación canina y felina.

Desde AnimaNaturalis felicitamos a las organizaciones defensoras de animales por apoyar estas iniciativas y desarrollar un ejercicio ejemplar de cabildeo y participación ciudadana. Igualmente, destacamos el compromiso de los congresistas que han respondido a las nuevas agendas internacionales donde la protección de los animales y del ambiente ocupa un lugar destacado y exhortamos a la bancada animalista del Congreso y a los gobernantes municipales a continuar trabajando por desarrollos normativos y legislativos que le permitan a Colombia ponerse a la vanguardia de la defensa y protección de todos los animales.



Medellín Octubre 18 de 2010

Dr. Jairo Clopatofsky

Director nacional de Col-deportes

Los animalistas le presentamos nuestro cordial saludo y le expresamos nuestra inmensa felicidad por su nombramiento a tan importante cargo, el que tiene tanto que ver con el sufrimiento de los animales.

Todos sabemos que la mafia taurina recibe auxilios en dinero efectivo para financiar las perversas “Escuelas taurinas” (escuelas de sicarios) para formar niños en el “Arte” de torturar y matar y ahora promueven intensamente el “encuentro mundial de coleo”, para ratificar a Colombia como el país mas violento del mundo y el mas cruel con los animales de Latino-América. Esperamos sus instrucciones sobre que podemos hacer como gran fuerza mayoritaria y ética.

Usted, como animalista, se enfrenta al memorable hecho de terminar de una vez por todas con tan infame malversación del dinero sagrado del pueblo y de frenar tan escandalosa corrupción.

Los apoyamos con toda nuestra energía más del 90% de los Colombianos que somos Ecologistas y animalistas

Esperando su respuesta, con nuestros sinceros agradecimientos, nos comprometemos a apoyarlos en estos propósitos y en todas sus aspiraciones políticas.

Atentamente, Pro-animales en nombre de los animalistas de Medellín.



PROYECTO DE LEY ANIMALISTA EN COLOMBIA (SEP. 8 – 09) Para maltratadores de animales cárcel de entre 1 y 6 años)….

La iniciativa, de autoría de los congresistas David Luna y Simón Gaviria (Por el País que Soñamos), también propone , multas de entre 300 mil pesos y 15 millones de pesos….El 29 de diciembre 'Princesa', una perra siberiana, se acostó en la entrada de una casa, molesta por su presencia, la dueña de la vivienda le arrojó agua hirviendo….Cuando fue recojida por “Aprofac”, 'Princesa' tenía quemaduras de segundo y tercer grado en garganta, patas y genitales…. Quince días después falleció….La iniciativa, busca que estos episodios no queden impunes…. Se trata del Estatuto de Protección Animal, una iniciativa que actualiza la ley 84 de 1989, la norma que defiende a los animales "contra el sufrimiento y el dolor, causados por el hombre"…. Si el sancionado reincide se impondrían las multas, mayores a las contempladas en la actual norma, y si hay un tercer episodio de maltrato, el caso pasaría a la Fiscalía y podría recibir una condena de entre 1 y 3 años de prisión, o el doble si hay agravantes….El proyecto agrega al Código Penal un artículo que crea el tipo de "conductas contra los animales"….Hoy en día, tales agresiones se sancionan como daño en bien ajeno….El proyecto también plantea prohibir el tratamiento cruel hacia los perros callejeros….Habría eutanasia, pero no asesinato, y se privilegiará la esterilización y la adopción….Según Nury Ayala, directora de la Asociación Defensora de Animales (ADA), "la situación de maltrato de los animales sigue siendo crítica; el silencio o la pasividad frente al maltrato animal son también perpetuadores del problema" ….ERRADICACION DE ZORRAS, proteger a los animales que trabajan, haciendo énfasis en los vehículos de tracción animal o 'zorras'. La ley las erradicaría en ciudades de más de 50 mil habitantes dentro del año siguiente a su entrada en vigencia -con excepción de coches turísticos, cuya actividad se regularía-, de manera que acabaría también con esta práctica en Bogotá….Mañana llegará a la Comisión Primera de Cámara la ponencia del texto para que se le dé primer debate en los próximos días.



OTROS POLITICOS ANIMALISTAS

DE ANTIOQUIA

ALVARO GUILLERMO RENDON…ALVARO MUNERA BUILES…AURA MARLENY ARCILA GIRALDO…BERNARDO ALEJANDRO GUERRA…CARLOS ANDRES ROLDAN…CARLOS ALBERTO BALLESTEROS…. FEDERICO GUTIERREZ…. FABIO HUMBERTO RIVERA…. GERMAN HOYOS…. GABRIEL JAIME RICO…. JESUS ANIBAL ECHEVERRY…. JAIME HERNANDO JARAMILLO…. JORGE MELGUIZO…. JHON JAIME MONCADA…. JESUS ANIBAL ECHEVERRY…. JOSE NICOLAS ALFONSO DUQUE…. HECTOR MANUEL HOYOS…. LUIS BERNARDO VELEZ…. MARIA TERESA MONTOYA…. MAURICIO TOBON…. MAXIMO PEREZ…. MARIA REGINA ZULUAGA…. NICOLAS ALVEIRO ECHEVERRY…. OSCAR GUILLERMO HOYOS…. RAMON EMILIO ECHEVERRY…. RUBEN DARIO CALLEJAS…. SANTIAGO MARTINEZ … CARLOS GAVIRIA…. JOHN JAIME MONCADA….

DE CUNDINAMARCA

BLADIMIRO NARANJO…. CECILIA LOPEZ MONTAÑO…. DAVID LUNA…. GINA PARODY…. JAIRO MORENO DE CARO…. JORGE DURAN…. MARCO AURELIO ARDILA…. SANDRA CEBALLOS…. SAMUEL JOSE RAMIREZ…


LA ALCALDÍA DE MEDELLÍN confirmó, a través de la Secretaría de Medio Ambiente, que durante las festividades de Navidad y Año Nuevo no se permitirá el sacrificio y cocción de cerdos (marranadas) en las vías públicas de la ciudad.

La medida, recordó la dependencia, hace parte del acuerdo municipal No. 43 de 2003, en el que queda prohibido en el Municipio de Medellín, el sacrificio de especies mayores como caprinos, bovinos, vacunos y caballares y menores como porcinos en la vía pública y predios privados no autorizados.

"La Administración Municipal informa a la ciudadanía que estos actos están prohibidos y que la Policía Metropolitana decomisará los animales para llevarlos al matadero y después sean donados a entidades necesitadas"



IDEALES DE MARCO AURELIO ARDILA.

1) Por los circos sin animales y abolición de las prácticas contra los animales como corridas de toros, riñas de gallo, corralejas, entre otras.
2) Para acabar con el sacrificio innecesario de animales de compañía, a través de la masificación de jornadas gratuitas de esterilización y vacunación, y de la identificación con chip inteligentes.
3) Para aplicar sanciones más fuertes a los maltratadores y/o traficantes de animales y además la creación del Departamento de Policía para la Protección Animal.
4) Para la sustitución de los vehículos de tracción animal, mediante la capacitación a quienes los usan, en otros oficios que mejoren su calidad de vida.
5) Por la creación del servicio rural y social para las carreras de Veterinaria y Zootecnia y la implementación del Programa Animal de Compañía para la tercera edad.
6) Por la instalación de dispensadores de agua y de bolsas para excrementos, junto a su respectiva caneca en los parques públicos al servicio de los animales de compañía y sus tenedores.
7) Para implementar programas de promoción de la alimentación vegetariana, incluyendo una opción de alimentación basada en proteína vegetal en colegios y universidades.
8) Para promocionar el uso de la construcción sostenible, productos biodegradables, energías limpias y la obligación de realizar terrazas verdes en las grandes construcciones como viviendas, centros comerciales, grandes superficies, entre otras.
9) Para aplicar programas de agricultura urbana y ecológica en barrios como alternativa laboral y de sustento para las poblaciones menos beneficiadas.
10) Por la protección de los páramos como fuentes de agua, y los parques naturales y las áreas submarinas como reservas de biodiversidad.

--
Marco A. Ardila Gomez


Candidato al Senado (o Cámara de representantes) República de Colombia

Cordial saludo.

Organizaciones animalistas de todo el país le estamos adjuntando los acuerdos, considerandos y proposiciones a los candidatos a la presidencia y al congreso a los que llegamos con motivo del II Foro Nacional Contra el Maltrato Animal y le solicitamos se la dé a conocer a su formula con el fin de que se pronuncien al respecto.


Esperamos que en el punto 4 responda SI o NO:

1. Está dispuesto a respaldar la derogación así como los artículo 192, 193, 194, 195 del decreto 1608 /78.

2. Está dispuesto a respaldar la derogación del artículo 7 de la ley 84/89 Estatuto Nacional de Protección de los Animales,

3. Está dispuesto a respaldar la derogación de la ley 916/04 (Reglamento Nacional Taurino)

Solicitamos amablemente que su respuesta la haga llegar al correo electrónico y que emita un boletín de prensa que sea colgada en su página oficial. Una vez se de lo anterior su respuesta será subida a http://votoanimalista.blogspot.com/

Atentamente, XXX.

Muchos no han respondido el comunicado a la fecha (12-03-2010), y a unos pocos días de las elecciones. Falta también que varias de las organizaciones animalistas suministren mas datos de otros candidatos(as) a las que les fue entregado el comunicado y si se ha obtenido alguna respuesta. El mismo ejercicio se realizará con los candidatos(as) a la presidencia de la república de Colombia 2010.

Por ahora, esperamos que esta sea una verdadera guía en cuando a sus intensiones de voto este 14 de Marzo de 2010. Por favor difunda entre sus contactos, para que nadie vote por candidatos(as) que apoyen, promuevan o sean partícipes de la explotación a los animales.

Es del caso aclarar, que los candidatos(as) de las siguientes listas, no necesariamente son contrarios a la explotación animal. Si figuran en los listados es por que alguna ONG animalista les entregó el comunicado, pero solo debe tenerse en cuenta si respondió al mismo de manera afirmativa y favorable. La respuesta se considera POSITIVA cuando respondió SI a los tres puntos de la carta, a menos que se exprese lo contrario.

LIBERACIÓN ANIMAL, AQUÍ Y AHORA!



LISTADOS CON LA POSICIÓN DE LOS CANDIDATOS Y CANDIDATAS AL CONGRESO EN COLOMBIA 2010, RESPECTO AL COMUNICADO ANIMALISTA

Los siguientes listados cuentan con la información de algunos candidatos(as) a Senado y Cámara de representantes, aspirantes a las elecciones 2010 para integrar el Congreso en Colombia. A los candidatos(as) les fué entregado el comunicado emitido por organizaciones animalistas colombianas. Por medio de la siguiente carta se anexó el comunicado:

Bogotá, Marzo de 2010

Doctor(a)

XXX

Candidato al Senado (o Cámara de representantes) República de Colombia

Cordial saludo.

Organizaciones animalistas de todo el país le estamos adjuntando los acuerdos, considerandos y proposiciones a los candidatos a la presidencia y al congreso a los que llegamos con motivo del II Foro Nacional Contra el Maltrato Animal y le solicitamos se la dé a conocer a su formula con el fin de que se pronuncien al respecto.

Esperamos que en el punto 4 responda SI o NO:

1. Está dispuesto a respaldar la derogación así como los artículo 192, 193, 194, 195 del decreto 1608 /78.

2. Está dispuesto a respaldar la derogación del artículo 7 de la ley 84/89 Estatuto Nacional de Protección de los Animales,

3. Está dispuesto a respaldar la derogación de la ley 916/04 (Reglamento Nacional Taurino)

Solicitamos amablemente que su respuesta la haga llegar al correo electrónico y que emita un boletín de prensa que sea colgada en su página oficial. Una vez se de lo anterior su respuesta será subida a http://votoanimalista.blogspot.com/

Atentamente, XXX.

Muchos no han respondido el comunicado a la fecha (12-03-2010), y a unos pocos días de las elecciones. Falta también que varias de las organizaciones animalistas suministren mas datos de otros candidatos(as) a las que les fue entregado el comunicado y si se ha obtenido alguna respuesta. El mismo ejercicio se realizará con los candidatos(as) a la presidencia de la república de Colombia 2010.

Por ahora, esperamos que esta sea una verdadera guía en cuando a sus intensiones de voto este 14 de Marzo de 2010. Por favor difunda entre sus contactos, para que nadie vote por candidatos(as) que apoyen, promuevan o sean partícipes de la explotación a los animales.

Es del caso aclarar, que los candidatos(as) de las siguientes listas, no necesariamente son contrarios a la explotación animal. Si figuran en los listados es por que alguna ONG animalista les entregó el comunicado, pero solo debe tenerse en cuenta si respondió al mismo de manera afirmativa y favorable. La respuesta se considera POSITIVA cuando respondió SI a los tres puntos de la carta, a menos que se exprese lo contrario.

LIBERACIÓN ANIMAL, AQUÍ Y AHORA!


Ley de Proteccion animal Argentina

La ley Nº 14.346 fue sancionada el 27/09/1954 y promulgada el 27/10/1954. Dice lo siguiente:

Art.1) Será reprimido con prisión de 15 días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad los animales.
Art.2) Serán considerados actos de maltrato:
1. No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos;
2. Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que no siendo de simple estímulo les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas;
3. Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas;
4. Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado;
5. Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos;
6. Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.
Art.3) Serán considerados actos de crueldad:
1. Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o por personas que no estén debidamente autorizados para ello;
2. Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad;
3. Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo el caso de urgencia debidamente comprobada;
4. Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la experiencia;
5. Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones;
6. Causar la muerte de animales grávidos cuando tal estado es patente en el animal y salvo el caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del nonato;
7. Lastimar y arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por solo espíritu de perversidad;
8. Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias, en que se mate, hiera u hostilice a los animales.


LEY 84 DE 1 989 Y LEY 5º DE 1972 (RESUMEN)…EL MALTRATO A LOS ANIMALES SE CASTIGA CON MULTAS CONVERTIBLES EN ARRESTO HASTA POR UN AÑO (COLOMBIA).

SE CONSIDRAN MALOS TRATOS:

** HERIR O LESIONAR POR GOLPE, QUEMADURA, PUNZADA O CON ARMA DE FUEGO. *** LA VIVISECCION EN ESCUELAS, COLEGIOS Y UNIVERSIDADES.*** ABANDONARLO, Y MAS GRAVE SI ESTA HERIDO, ENFERMO O VIEJO.*** PRODUCIR LA MUERTE CON DOLOR O SUFRIMIENTO; ES PERMITIDA LA EUTANASIA PARA EVITARLE MAYORES SUFRIMIENTOS Y A CARGO DE PERSONA CAPACITADA.*** EXHIBIR, TRANSPORTAR, O MANTENER ANIMALES CON INCOMODIDAD QUE LES PRODUZCA SUFRIMIENTO.*** PRIVARLOS DEL AIRE YLA LUZ; DEL ESPACIO QUE LES PERMITA UNA RELATIVA LIBERTAD; DE ABRIGO A LA INTERPERIE; DEL EL ASEO Y LA HIGIENE ADECUADOS; DIFICULTARLES LA RESPIRACION Y EL DESCANSO. *** DEJALOS SIN ALIMENTACIO O AGUA POR MAS DE 12 HORAS. *** PELAR O DESPLUMAR ANIMALES VIVOS. O ENTREGARLOS PARA LA ALIMENTACION DE OTROS. *** OBLIGARLOS A TRABAJOS EXESIVOS, QUE NO SE PUEDAN OBTENER SINO CON CASTIGO. *** HACERLOS TRABAJAR EN MALAS CONDICIONES: ENFERMOS, CIEGOS , HERIDOS, FLACOS, COJOS, EXTENUADOS , O CON HERRADURAS DEFICIENTES.*** AZOTAR, GOLPEAR, O CASTIGAR CON CRUELDAD.*** ATRAILAR SIN LOS ADITAMENTOS NECESARIOS; NO SOLTARLE EL TIRO A ANIMAL CAIDO; NO UTILIZAR LOS FRENOS PARA DESCENDER; NO DARLE ASISTENCIA VETERINARIA.*** USAR ADITAMENTOS EN MAL ESTADO, EN FORMA QUE LES PRODUZCAN DOLOR O SUFRIMIENTO.



La legislación vigente en nuestro país es la siguiente:


ESTATUTO NACIONAL DE PROTECCION DE LOS ANIMALES LEY 84 DE 1989
Tenencia y registro de perros potencialmente peligrosos .LEY 746 DE 2002
Prohibición del sacrificio de especies mayores Acuerdo Muniicipal Nº 49 de 2003
Atención de Animales Domésticos Heridos o Maltratados Protocolo 9 de 2007


Medellín, 30 de diciembre de 2009.

En mi calidad de Senador de la República, me sumo a la protesta que se ha elevado por las declaraciones del alcalde de Mosquera sobre los animales que se encuentran en situación de abandono.

Bajo ningún aspecto estoy de acuerdo con que el alcalde se refiera a los animales con esas palabras, mucho menos cuando en público hace un incentivo a la violencia y habla de “cogerlos y matarlos”, cosa que a todas luces desde su misma pronunciación suena en tono agresivo y menosprecia la vida de ellos quienes comparten con nosotros el mismo lugar en donde todos cabemos y en donde todos podemos vivir.

Por mi parte, estoy seguro señor alcalde que ninguno de esos animales escogió nacer, crecer y morir en la calle, en cambio Usted, quien si eligió pertenecer a la vida pública tiene una obligación que, así no le guste, también es con ellos porque como le han dado a conocer muchos ciudadanos, a los animales la ley los protege de agresiones como la que Usted toscamente plantea para ellos.

Le hago un respetuoso llamado alcalde a que modere sus palabras en público y evite generar escándalos como éste, y de igual manera, le solicito cumplir a cabalidad las disposiciones del ordenamiento jurídico en el tema de los animales y propiciar para ellos no una sala de la muerte sino un lugar en donde los tenga con las especificaciones que la ley exige.

Dese cuenta alcalde que los tiempos han cambiado y la sociedad ahora es más evolucionada, ya la mayoría no queremos ni apoyamos el maltrato a los animales por lo que de esa manera le pido que cumpla las funciones para las que fue elegido y no se dedique a lanzarse con insultos contra unos seres que ni siquiera están entendiendo qué es lo que Usted les dijo.

También elevo una enérgica propuesta por la manera en que Usted se refiere a los ambientalistas, nosotros al igual que Usted merecemos respeto y al igual que usted defendemos una causa sustentada en el amor que le tenemos a los animales y el ambiente.

Termino esta protesta adjuntando un documento que me llegó a mi correo personal y que aunque no es de mi autoría, lo publicaré porque con él me siento identificado.

Respetuosamente, Juan Carlos Vélez Uribe, Senador de la República



SI A UNA LEY MARCO DE PROTECCION ANIMAL PARA COLOMBIA.

Este grupo apoya al Senador Camilo Sanchez y a todos los legisladores que elijan de forma compasiva , humanitaria y racional crear leyes que protejan los animales de todas y cada una de las formas de crueldad . Durante la realizacion del PRIMER FORO NACIONAL CONTRA EL MALTRATO ANIMAL el Senador Camilo Sanchez propuso la creacion de una LEY MARCO DE PROTECCION ANIMAL PARA COLOMBIA. Dentro de dicha ley se contemplarian medidas para abolir toda forma de crueldad con los animales todas ellas en sus diferentes formas como lo son: CORRIDAS DE TOROS , CIRCOS CON ANIMALES , UTILIZACION DE ANIMALES PARA EXPERIMENTACION , UTILIZACION DE CABALLOS PARA HALAR VEHICULOS O PLANCHONES , PELEAS DE PERROS , PELEAS DE GALLOS , PENALIZACION PARA EL MALTRATO ANIMAL , TENENCIA RESPONSABLE DE MASCOTAS , PENALIZACION A LA COMERCIALIZACION DE LA FAUNA SILVESTRE TODAS ESTAS JUNTO A MEDIDAS DE TIPO EDUCATIVO EN TODOS Y CADA UNO DE LOS ORDENES.
Apoyamos estas normas somos un grupo numeroso y representativo de la sociedad Colombiana y tambien recibimos el acompañamiento de muchos extranjeros .
Segun encuestas presentadas en este Foro mas del 91% de la poblacion Colombiana es contraria a las corridas de toros , peleas de gallos , peleas de perros una enorme y creciente poblacion no se explica por que todavia se utilizan vehiculos de traccion animal asi como tampoco por que se someten estos animalitos al calvario diario en que se les ve deambular por las calles de Colombia.


ELSA GLADYS CIFUENTES Por un medio ambiente sano; por la salud digna para todos los colombianos; por la igualdad real de género sin discriminación; por el reconocimiento efectivo y plenitud de derechos para todas las facciones de la sociedad; por el bienestar animal, apoyando desde el Congreso la Declaración Universal de Bienestar Animal en apoyo a la labor de la WSPA y de Animal Naturalis Internacional.

Por la educación, por la vida, por la política sana y libre de vicios; por la regeneración del Congreso.

PORQUE CREEMOS QUE UN MEJOR PAÍS ES POSIBLE!



PROYECTO DE LEY DEL CONGRESISTA DAVID LUNA…. también plantea prohibir el tratamiento cruel hacia los perros callejeros…. Habría EUTANASIA, PERO NO ASESINATO (son muy diferentes) y se privilegiará la esterilización y la adopción….Según Nury Ayala, directora de la Asociación Defensora de Animales (ADA), "la situación de maltrato sigue siendo crítica; el silencio o la pasividad frente al maltrato animal son también perpetuadores del problema".

ERRADICACION DE ZORRAS La iniciativa también busca proteger a los animales que trabajan, haciendo énfasis en los vehículos de tracción animal o 'zorras'. La ley las erradicaría en ciudades de más de 50 mil habitantes dentro del año siguiente a su entrada en vigencia -con excepción de coches turísticos, cuya actividad se regularía-, de manera que acabaría también con esta práctica en Bogotá….Luna explicó que respecto a este último punto habría programas de capacitación y sustitución de empleo para quienes usan caballos como herramienta de trabajo….En Bogotá hay registradas cerca de 1.300 'zorras', pero se calcula que circulan 5.000. Las organizaciones defensoras de animales reportan frecuentes casos de caballos quemados, fracturados o golpeados cuando los obligan a transportar pesadas cargas, a pesar de la desnutrición…..Mañana llegará a la Comisión Primera de Cámara la ponencia del texto para que se le dé primer debate en los próximos días. Será un primer paso, en dos y cuatro patas, para proteger a los animales….El Manual de Trastornos de la Asociación Americana de Sicología y el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-IV) señala que la crueldad con animales o humanos es uno de los síntomas de trastornos peligrosos de conducta. (congresista David Luna).



El Alto Tribunal rechazó una demanda que buscaba eliminar la fiesta brava y todas las actividades en las que se utilicen toros o cualquier animal por considerar que era una forma de maltrato. La Corte determinó que en esas prácticas no existe ningún tipo de tortura y que hacen parte de la cultura del país.

La sala plena de la Corte Constitucional, con una votación de seis contra tres, determinó que las corridas, peleas de gallos, el coleo y los espectáculos de rejoneo son actividades ajustadas a la Carta Magna. Sin embargo, el mismo alto Tribunal consideró que en esas actividades hay maltrato para los animales y que por tanto ese aspecto no puede celebrarse. Igualmente, impuso restricciones para las corridas que de ahora en adelante deben procurar "causar el menor dolor posible" al animal.

También dejó claro que esos festejos solo se podrán organizar y realizar en poblaciones en donde exista una tradición probada e ininterrumpida, y ya estén autorizados. Agregó que en estas actividades no se podrán utilizar dineros públicos para promover las corridas de a pie o a caballo y tampoco se podrá invertir en construcciones destinadas a espectáculos crueles con animales.

Para la mayoría de los magistrados, las corridas de toros, la riña de gallos y las corralejas son "tradiciones culturales en Colombia, y como tal, deben mantenerse".

La ponencia del magistrado Humberto Sierra Porto señalaba que esas y otras actividades similares son una "tradición arraigada y respetable" en Colombia a pesar de que puedan ser actos crueles.

Para Sierra, a pesar de que en estos espectáculos se ejerce maltrato a un ser viviente están sustentados en una tradición arraigada en la cultura del país.

La posición de Sierra coincidió con la opinión del procurador Alejandro Ordóñez, quien señaló en un concepto no obligatorio que esas actividades son "expresiones culturales y artísticas que identifican a los colombianos (...), lo que hace tolerable el sufrimiento a que son sometidos los animales".

Para los demandantes, en el coleo, las corralejas, las corridas de toros, las becerradas y las peleas de gallos, los animales son sometidos a tratos crueles, penalizados por el Estatuto de Protección Animal. Argumentaban también que se vulnera el derecho a un ambiente social y cultural sano, atentatorio de la paz y la convivencia, y que viola el libre desarrollo de la personalidad de quienes los rechazan. EFE

COMENTARIOS:

Los “padres de nuestra patria”, estan tan acostumbrados a la violencia y a la crueldad, que la consideran TRADICION, y en verdad es TRADICIONAL, porque la aceptan y la promueven; su verdadero nombre es TRAICION a la limpia amistad que nos ofrecen los animales….Lo cierto es, que la VIOLENCIA y la TORTURA, son TARAS CULTURALES que nos tienen destruidos, y las promueven, y hacen APOLOGIA de las mismas….LA TORTURA no es CULTURA, ni es ARTE, ni es DEPORTE; tan solo son disfraces tan bien elaborados por la inteligencia de los PSICOPATAS que son expertos en el engaño, la FARSA y la MENTIRA….Es cierto que la VIOLENCIA esta arraigada en el psiquismo de la gente insensible y no evolucionada, pero gracias a Dios, la inmensa mayoria de los colombianos no estamos afectados de tales perversiones; estamos convencidos de que debe imperar la NO VIOLENCIA, y no toleramos ni la mas minima tortura contra ningun ser vivo….SOMOS APLASTANTE FUERZA MAYORITARIA Y DEMOCRATICA E INVENCIBLE; los torturadores son ridicula y vergonzosa minoria….ANIMALISTAS, ECOLOGISTAS, ANTITAURINOS, PREPARESE PARA EL “GRAN PLEBICITO” NACIONAL.


URGENTE: ANIMALISTAS, ANTITAURINOS

Los “padres de nuestra patria”, estan tan acostumbrados a la violencia y a la crueldad, que la consideran TRADICION, y en verdad es TRADICIONAL, porque la aceptan y la promueven; su verdadero nombre es TRAICION a la limpia amistad que nos ofrecen los animales….Lo cierto es, que la VIOLENCIA y la TORTURA, son TARAS CULTURALES que nos tienen destruidos, y las promueven, y hacen APOLOGIA de las mismas….LA TORTURA no es CULTURA, ni es ARTE, ni es DEPORTE; tan solo son disfraces tan bien elaborados por la inteligencia de los PSICOPATAS que son expertos en el engaño, la FARSA y la MENTIRA….Es cierto que la VIOLENCIA esta arraigada en el psiquismo de la gente insensible y no evolucionada, pero gracias a dios, la inmensa mayoria de los colombianos no estamos afectados de tales perversiones; estamos convencidos de que debe imperar la NO VIOLENCIA, y no toleramos ni la mas minima tortura contra ningun ser vivo….SOMOS APLASTANTE FUERZA MAYORITARIA Y DEMOCRATICA E INVENCIBLE; los torturadores son ridicula y vergonzosa minoria….ANIMALISTAS, ECOLOGISTAS, ANTITAURINOS, PREPARESE PARA EL “GRAN PLEBICITO” NACIONAL.



DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS
DERECHOS DE LOS ANIMALES



PREÁMBULO

» Considerando que todo animal posee derechos.

» Considerando que el desconocimiento y el desprecio de dichos derechos ha conducido y sigue conduciendo al hombre a cometer crímenes contra la naturaleza y contra los animales.

» Considerando que el reconocimiento por parte de la especie humana de los derechos a la existencia de las otras especies de animales constituye el fundamento de la coexistencia de las especies en el mundo.

» Considerando que el hombre comete genocidio y existe la amenaza de que siga cometiéndolo.

» Considerando que el respeto hacia los animales por el hombre está ligado al respeto e los hombres entre ellos mismos.

» Considerando que la educación debe enseñar desde la infancia, a observar, comprender, respetar y amar a los animales.

Se proclama lo siguiente:

Artículo 1 Todos los animales nacen iguales ante la Vida y tienen los mismos derechos de existencia.


Artículo 2 a) Todo animal tiene derecho al respeto.

b) El hombre, en tanto que especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a otros animales, o de explotarlos violando este derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.

c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.


Artículo 3 Ningún animal será sometido a malos tratos ni actos de crueldad. Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.

Artículo 4
a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libremente en su propio ambiente natural, terrestre aéreo o acuático, y a reproducirse.

b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.


Artículo 5
a) Todo animal perteneciente a una especie viva tradicionalmente en el entorno del hombre, tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y libertad que sean propias de su especie.

b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles es contraria a este derecho.


Artículo 6
a) Todo animal que el hombre ha escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.

b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.


Artículo 7
a) Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.


Artículo 8
a) La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, o de cualquier otra forma de experimentación.

b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.


Artículo 9
Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.


Artículo 10
a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.

b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal.


Artículo 11
Todo acto que implique la muerte del animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.


Artículo 12
a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.

b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.

Artículo 13
a) Un animal muerto debe ser tratado con respeto.

b) Las escenas de violencia en las que los animales son víctimas deben ser prohibidas en el cine y la televisión, salvo si ellas tienen como fin el dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.


Artículo 14
a) Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben estar representados a nivel gubernamental.

b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley como lo son los derechos del hombre.


Este texto definitivo de la Declaración Universal de los Derechos del Animal fue adoptado por la Liga Internacional de los Derechos del Animal a las ligas nacionales afiliadas tras la III reunión sobre los Derechos del Animal, celebrada en Londres, del 21 al 23 de septiembre de 1977. La declaración proclamada el 15 de octubre de 1978 por la Liga Internacional, las ligas nacionales y las personas físicas que se asocien a ella fue aprobada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), y posteriormente por la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

DEL PROYECTO DE LEY DE DAVID LUNA
• Es posible sancionar a una persona por cualquier acto cruel que realice sobre un animal.
• Se introduce un capítulo sobre el decomiso y la retención de animales con el fin de garantizar la salud y vida de los animales que estén siendo objeto de maltrato y de facultar a las autoridades de policía y las alcaldías para que puedan intervenir con rapidez.
• Se contempla un capítulo nuevo sobre la tenencia responsable de mascotas con el fin de proteger a estos animales, regular su crianza y comercialización y prohibir su venta callejera, conductas que afectan directamente no solo la salud de los animales sino que también atentan contra la salubridad pública.
• Se contempla un capítulo nuevo sobre la tenencia de animales de trabajo con el fin de regular las condiciones de salud, trabajo y alimentación en las que se deben mantener.
• Se contempla un capítulo nuevo sobre los vehículos de tracción animal. En este se establece la realización de un censo para conocer el número de VTA existentes, la creación de programas de capacitación, sustitución de empleo y absorción laboral destinados a sus tenedores y propietarios, así como programas de adopción de equinos.



Medellín, Colombia noviembre 20 del 2010

Cordial saludo Dr. Jorge Melguizo.

Como ecologistas y animalistas estamos dispuestos a apoyarlo con toda desición en sus aspiraciones políticas siempre y cuando sean legitimas y no engañosas como trata de hacernos creer el partido verde Colombiano. Para su conocimieno le remitimos conceptos que usted seguramente no conoce. Los animalistas estamos infinitamente agradecidos con usted por las conquistas que ha logrado en favor de nuestros nobles amigos.

Atte.: PROANIMALES MEDELLIN



Conclusiones Foro contra el maltrato animal

1. El senador Camilo Sánchez lanza una iniciativa sobre el referendo anti-taurino en Colombia.

2. Leonardo Anselmi se compromete con ayudas desde la fundación Franz Weber.

3. Policía Nacional lanza directiva en torno al cuidado de los animales desde la institución



PROYECTO DE LEY ANIMALISTA EN COLOMBIA (SEP. 8 – 09) Para maltratadores de animales cárcel de entre 1 y 6 años)….

La iniciativa, de autoría de los congresistas David Luna y Simón Gaviria (Por el País que Soñamos), también propone , multas de entre 300 mil pesos y 15 millones de pesos….El 29 de diciembre 'Princesa', una perra siberiana, se acostó en la entrada de una casa, molesta por su presencia, la dueña de la vivienda le arrojó agua hirviendo….Cuando fue recojida por “Aprofac”, 'Princesa' tenía quemaduras de segundo y tercer grado en garganta, patas y genitales…. Quince días después falleció….La iniciativa, busca que estos episodios no queden impunes…. Se trata del Estatuto de Protección Animal, una iniciativa que actualiza la ley 84 de 1989, la norma que defiende a los animales "contra el sufrimiento y el dolor, causados por el hombre"…. Si el sancionado reincide se impondrían las multas, mayores a las contempladas en la actual norma, y si hay un tercer episodio de maltrato, el caso pasaría a la Fiscalía y podría recibir una condena de entre 1 y 3 años de prisión, o el doble si hay agravantes….El proyecto agrega al Código Penal un artículo que crea el tipo de "conductas contra los animales"….Hoy en día, tales agresiones se sancionan como daño en bien ajeno….El proyecto también plantea prohibir el tratamiento cruel hacia los perros callejeros….Habría eutanasia, pero no asesinato, y se privilegiará la esterilización y la adopción….Según Nury Ayala, directora de la Asociación Defensora de Animales (ADA), "la situación de maltrato de los animales sigue siendo crítica; el silencio o la pasividad frente al maltrato animal son también perpetuadores del problema" ….ERRADICACION DE ZORRAS, proteger a los animales que trabajan, haciendo énfasis en los vehículos de tracción animal o 'zorras'. La ley las erradicaría en ciudades de más de 50 mil habitantes dentro del año siguiente a su entrada en vigencia -con excepción de coches turísticos, cuya actividad se regularía-, de manera que acabaría también con esta práctica en Bogotá….Mañana llegará a la Comisión Primera de Cámara la ponencia del texto para que se le dé primer debate en los próximos días.



Este grupo apoya al Senador Camilo Sanchez y a todos los legisladores que elijan de forma compasiva , humanitaria y racional crear leyes que protejan los animales….Durante la realizacion del PRIMER FORO NACIONAL CONTRA EL MALTRATO ANIMAL el Senador Camilo Sanchez propuso la creacion de una LEY MARCO DE PROTECCION ANIMAL PARA COLOMBIA….Dentro de dicha ley se contemplan medidas para abolir toda forma de crueldad con los animales: CORRIDAS DE TOROS , CIRCOS CON ANIMALES , LA EXPERIMENTACION , CABALLOS PARA HALAR VEHICULOS O PLANCHONES , PELEAS DE PERROS , PELEAS DE GALLOS , PENALIZACION PARA EL MALTRATO ANIMAL , TENENCIA RESPONSABLE DE MASCOTAS , LA COMERCIALIZACION DE LA FAUNA SILVESTRE Y MEDIDAS DE TIPO EDUCATIVO….
Apoyamos estas normas somos un grupo numeroso y representativo de la sociedad Colombiana y tambien recibimos el acompañamiento de muchos extranjeros .
Segun encuestas presentadas en este Foro mas del 91% de la poblacion Colombiana es contraria a las corridas de toros , peleas de gallos , peleas de perros; una enorme y creciente poblacion no se explica por que todavia se utilizan vehiculos de traccion animal….SI A UNA LEY MARCO DE PROTECCION ANIMAL PARA COLOMBIA.

*LA UNESCO RECONOCE LOS DERECHOS DEL ANIMAL*

LA UNESCO RECONOCIO SOLEMNEMENTE LA DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DE LOS ANIMALES…-“TODAS LAS ESPECIES ANIMALES NACEN IGUALES Y CON IGUAL DERECHO A LA EXISTENCIA -; SE SOBRE ENTIENDE EL DERECHO A NO SER TORTURADO…SE INSISTE EN EL RESPETO A LA VIDA Y EL DERECHO A LA LIBERTAD Y SE CONDENAN TODOS LOS ACTOS DE CRUELDAD… LA PROCLAMACION FIRMADA POR MAS DE DOS MILLONES DE PERSONAS DE TODO EL MUNDO, FUE ENTREGADA AL PRESIDENTE DE LA UNESCO CON OCASIÓN DE LA JORNADA MUNDIAL DE LOS DERECHOS DEL ANIMAL…AHORA SERA TRASMITIDA A LAS ALTAS INSTANCIAS DEL ORGANISMO CON MIRAS A LA ADOPCION DE UNA RESOLUCION UNIVERSAL…NUMEROSAS PERSONALIDADES INSTARON A LOS GOBIERNOS A APLICAR CUANTO ANTES EL CONTENIDO DE LA PROCLAMACION…HAY QUE ACABAR CON EL INTOLERABLE IMPERIALISMO QUE EL HOMBRE EJERCE SOBLE LOS ANIMALES…EL INSTINTO DE DESTRUCCION Y LA INDIFERENCIA AL SUFRIMIENTO QUE MUEVE A MUCHOS HOMBRES A MATAR Y A TORTURAR A LOS ANIMALES , ES HONDAMENTE INHUMANO, PORQUE ES ANTINATURAL –(FUERON ALGUNAS INTERVENCIONES.-…SE DECIDIO LA CREACION DE UNA ASOCIACION INTRPLANETARIA PRO DERECHOS DEL ANIMAL.






*LEY 84 DE 1 989*..…El maltrato a los animales se castiga con multas convertibles en arresto hasta por un año (Colombia).*se consideran malos tratos*: herir o lesionar por golpe, quemadura, punzada o con arma de fuego. *** La vivisección en escuelas, colegios y universidades.*** Abandonarlo, y mas grave si esta herido, enfermo o viejo.*** Producir la muerte con dolor o sufrimiento; es permitida la eutanasia para evitarle mayores sufrimientos y a cargo de persona capacitada.*** Exhibir, transportar, o mantener animales con incomodidad que les produzca sufrimiento.*** Privarlos del aire y la luz; del espacio que les permita una relativa libertad; de abrigo a la intemperie; del el aseo y la higiene adecuados; dificultarles la respiración y el descanso. *** déjalos sin alimento o agua por mas de 12 horas. *** Pelar o desplumar animales vivos. o entregarlos para la alimentación de otros. *** Obligarlos a trabajos excesivos, que no se puedan obtener sino con castigo. *** Hacerlos trabajar en malas condiciones: enfermos, ciegos , heridos, flacos, cojos, extenuados , o con herraduras deficientes.*** Azotar, golpear, o castigar con crueldad.*** Atraillar los caballos sin los aditamentos necesarios; no soltarle el tiro a animal caído; no utilizar los frenos para descender; no darle asistencia veterinaria.*** Usar aditamentos en mal estado, en forma que les produzcan dolor o sufrimiento.

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